Vie. Abr 19th, 2024

Desde REDESSCAN hemos visto la necesidad de realizar una serie de artículos de opinión, de los cuales éste es el primero, sobre el contexto y la elaboración de la nueva ley de Servicios Sociales  de Canarias que actualmente se encuentra en trámite administrativo. Para ello, en este primer artículo explicaremos lo que son los Servicios Sociales; el recorrido de la Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias; el impacto de la crisis del 2008 en los Servicios Sociales públicos y sus consecuencias en la población.
Debemos partir de la premisa que los Servicios Sociales son un sistema de protección de responsabilidad pública que debe garantizar el acceso a los derechos sociales para todas las personas, dar cobertura a las necesidades básicas de todas las personas y redistribuir la riqueza. por ello los Servicios Sociales es uno de los cuatro pilares del Estado de Bienestar junto con la Sanidad, la Educación y la Garantía de rentas. Aunque el Sistema Público de Servicios Sociales, en muchas ocasiones se interpreta que es un sistema para atender las necesidades de las personas empobrecidas, como ciudadanía debemos reivindicar el carácter universal de los Servicios Sociales, ya que en algún momento de nuestras vidas cualquiera de nosotras podemos necesitar apoyo para poder hacer frente a dificultades de índole personal, familiar o comunitario que afecten a nuestro bienestar.
En Canarias contamos con una ley de Servicios Sociales desde 1987. En esta ley se recogía en el preámbulo el principio de responsabilidad pública, el cambio de las estructuras socio económicas y el principio de universalidad, premisas que están muy lejos del asistencialismo al que se ha visto abocada la ley por la falta de desarrollo y financiación. En la misma se establecen valores tales como la Justicia social y la equidad, además de la redistribución de la riqueza y el papel de los Servicios Sociales como garantes de derechos.
También establecía en su artículo 2. f) los programas integrados destinados a desarrollar acciones estructurales que precisan de la intervención de diversas Consejerías de la Comunidad Autónoma o varias Administraciones Públicas. Y en su artículo 5., dentro de los niveles de organización, daba un papel fundamental a los servicios sociales comunitarios cuyo objeto es promover y posibilitar el desarrollo de todos los ciudadanos.
Esta ley cuenta con unas muy buenas bases y abría el camino para desarrollar y consolidar actuaciones dentro de un sistema que más de 30 años después aún no se ha alcanzado y, peor aún que ahora se plantean como algo nuevo y novedoso que aparecerá en la nueva ley de servicios sociales. Llevamos 30 años esperando por planes de Servicios Sociales, esperando por una regulación de la composición de los equipos profesionales, por la elaboración de mapas de necesidades y recursos, por la definición de prestaciones y servicios, por la clarificación de estructuras, funciones y competencias. Todo ello aparecía en la ley, pero nunca se cumplió.
La crisis fue un elemento que afectó a todas las estructuras y sistemas que forman parte de una manera u otra de nuestras vidas, pero aquellas que ya entraron en la crisis en una clara desventaja, como es el caso del Sistema Público de Servicios Sociales el impacto que sufrió ha tenido enormes y graves consecuencias tanto para el propio sistema como para la población que requería acceder a derechos y/o cubrir necesidades de diversa índole. En primer lugar este sistema, ya de entrada deficitario en financiación, estructura, recursos e infraestructura vio aumentada la demanda de atenciones en 7 años en un 60%, mientras que la financiación del mismo sólo se ha desarrollado en un 20%, sobre todo por el crecimiento en las partidas de prestaciones económicas, a la par que disminuían partidas destinadas a mantener servicios y personal, con descensos en algunos programas que han llegado incluso 81% como ha sido el caso de los programas de alojamiento alternativo. En estos años el Sistema Público de Servicios Sociales ha estado constantemente en una montaña rusa debido a una total falta de planificación financiera y organizativa y donde se ha pretendido curar graves heridas poniendo tiritas, y donde se gestionan miserias y no el acceso a los derechos sociales.
Canarias se caracteriza por encontrarse en la mayor parte de los estudios e informes relacionados con los SS.SS. en los últimos puestos de desarrollo. Un claro ejemplo de ello es la puntuación de nuestra Comunidad Autónoma en el Índice DEC (un estudio a nivel nacional que mide la implantación de los SS.SS. en cada comunidad) en aspectos como los derechos y las decisiones políticas, el esfuerzo económico y la cobertura de servicios. Canarias de una puntuación sobre 10 obtiene un 2.4. La tercera nota más baja entre todas las Comunidades Autónomas.
Está claro que no existe voluntad por parte de los responsables públicos de apostar por este Sistema de Protección Social, y por ende por el bienestar de la ciudadanía. Ya que sí así fuera no permitirían que hubiera un 44% de la población canario en riesgo de pobreza, que un 29,5% de la población esté con una baja intensidad en el trabajo, que más del 58% de personas con derecho al acceso a prestaciones de la la Ley de Promoción y Autonomía Personal no lo tengan, que existan miles de situaciones en limbos esperando resoluciones y actuaciones en materia de infancia y familia, discapacidad, mujer, personas sin hogar, personas migrantes, personas mayores… Es de vergüenza.
Exijamos a los responsables políticos, que se centren en trabajar por el bien común y no por los intereses de unos pocos; que inviertan en el Sistema Público de Servicios Sociales para fortalecerlo y consolidarlo como cuarto pilar del Estado del Bienestar. Que trabajen por y para la ciudadanía. Esa es su tarea, esa es su responsabilidad.

SÍ ES LEY, PERO NO DE SERVICIOS SOCIALES II: UNA OPORTUNIDAD PERDIDA.

Este es el segundo artículo sobre el proyecto de ley de Servicios Sociales de Canarias que se encuentra actualmente en proceso de debate parlamentario. Desde REDESSCAN consideramos que el proyecto de ley de Servicios Sociales será, nuevamente, una oportunidad perdida para mejorar la vida de las personas que viven en Canarias. En este sentido, no se entiende que los grupos de la oposición hayan renunciado a la presentación de enmiendas a la totalidad y esperamos que en las parciales se pueda, por lo menos, mejorar un texto que desde nuestro punto de vista tiene un exceso de déficit y contradicciones.
En primer lugar es incompresible el tratamiento que se da a la que aún sigue siendo la ley vigente en materia de Servicios Sociales, ya que se afirma que este proyecto de ley “…eliminará el carácter asistencialista de los servicios sociales, tal como ha venido configurado en nuestra Ley de Servicios Sociales de 1987”. El asistencialismo no venía configurado en la ley del 87. No ha sido la norma, sino su incumplimiento, junto con las políticas que se han implantado en estos años, lo que ha provocado este desarrollo asistencial, casi en exclusiva, de la norma.
En segundo lugar, aunque se vende públicamente que los Servicios Sociales con esta ley serán reconocidos como un Derecho Subjetivo de la población (por lo que podrán reclamarse judicialmente), se olvidan de decir la letra pequeña, que dice que sólo lo serán los que se determinen como “esenciales”. Además Derecho subjetivo significa con financiación estable y suficiente y catálogo de servicios; ninguna de estás dos cuestiones se recoge en la norma.
Por ello, afirmamos que es un proyecto de ley que no garantiza ni desarrolla plenamente el derecho de la ciudadanía a unos Servicios Sociales que aseguren la mejora de la calidad de vida de las personas en todas las dimensiones personal, familiar, grupal y comunitario.
Dentro de este proyecto de ley, entre otras muchas cuestiones, se habla de Igualdad y Universalidad. Entonces ¿cómo se entiende que sea diferente el peso y la visibilidad que se da en dicho proyecto a las personas que viven una situación frente otra? Contiene, incluso, un artículo que establece las situaciones a las que se les dará atención prioritaria.
Afirmamos que es un proyecto de ley basado en la desigualdad y en la parcialidad. Uno de los argumentos utilizados para la aprobación de una nueva ley, es la necesidad de reorganizar un Sistema Público de Servicios Sociales que se ha ido desarrollando y estructurando sin ningún tipo de planificación. Pues bien, nos gustaría poder decir al menos que el proyecto de ley cubre esta necesidad, pero lamentablemente no es así. Muy al contrario son tantas y diversas las grietas que tiene en relación a este asunto que tendríamos que dedicar varios artículos sólo a ello. Si quieren saber de lo que le hablamos les invitamos a leer los Títulos II, III y IV del proyecto de ley, y si luego de leerlos entienden cómo van a quedar organizados los Servicios Sociales en Canarias, por favor llámennos, para que nos lo expliquen.
Por ello, afirmamos que es un proyecto de ley que no organiza, que dificulta el entendimiento de la estructura de los Servicios Sociales y en caso de aprobarse tal como está, generará mucha confusión, limbos e incertidumbres en su funcionamiento.
La poca claridad existente dentro del proyecto de ley de la estructura del Sistema Público de Servicios Sociales, tiene su contrabalanza en la gran claridad en la que se expone la participación y el mayor protagonismo que obtiene el tercer sector y a la empresa privada en los Servicios Sociales, a pesar de que el mismo proyecto de ley establece que su participación es “subsidiaria y complementaria”. Para una participación “subsidaria y complementaria” ¿es necesario contar con un Título completo con 12 artículos específicos en el proyecto de ley? Además cuentan con multitud de referencias en todo el texto, incluso aparece entre las competencias del Gobierno de Canarias y los Cabildos Insulares el “Fomentar y promover el tercer sector”. Pero de que se fomenten y promuevan recursos y servicios desde la titularidad pública y la gestión directa, no aparece nada de nada.
Este proyecto de ley está destinado a realizar un desmantelamiento encubierto del Sistema Público de Servicios Sociales, que abre la puerta a que se invierta cada vez más dinero público a la externalización de servicios y recursos, en detrimento del desarrollo y crecimiento de servicios y recursos sociales desde la gestión directa y pública, de todas las personas.
Hay otras muchos elementos incluidos en este proyecto de ley que podríamos exponer como graves debilidades y amenazas. Pero como tampoco es nuestra intención quitar más tiempo a las personas que hayan llegado hasta aquí, para que puedan dedicarlo a leer el proyecto de ley de Servicios Sociales de Canarias, consideramos que con los ejemplos expuestos, ya pueden hacerse una idea del desaguisado que creará la aprobación de este proyecto de ley, tal como está.
Desde REDESSCAN estamos muy preocupadas con el contenido de este proyecto de ley, ya que consideramos que se está perdiendo la oportunidad de elaborar una verdadera Ley de Servicios Sociales para Canarias y que al final la misma, sí sea ley, pero no de Servicios Sociales,sino en defensa de intereses particulares y sobre todo privados.
Las Palmas de Gran Canaria 13 de febrero de 2018

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